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¿Te pueden cortar la luz si no pagas?

El suministro de energía eléctrica es un servicio esencial que se ha convertido en una necesidad básica para el bienestar y la comodidad en la vida cotidiana. Sin embargo, en ocasiones, por diversas razones, las facturas de electricidad pueden acumularse y llegar a ser difíciles de pagar. Ante esta situación, muchos se preguntan si las compañías eléctricas tienen el derecho de cortar el suministro de electricidad en caso de impago. En este artículo, analizaremos esta cuestión desde un punto de vista legal y práctico para determinar si se puede o no cortar la luz por impago, qué consecuencias puede tener para los consumidores y cómo actuar en cada caso para restablecer el suministro eléctrico en su hogar o reiniciar su contador digital.

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¿Cuáles son las causas más comunes de los cortes de electricidad?

Los cortes de electricidad pueden producirse por varias razones. A veces son causados por la distribuidora, pero otras veces son provocados por sus propios electrodomésticos. Antes de pasar al siguiente paso, debe asegurarse de que su vivienda está dada de alta en el suministro eléctrico.

En cualquier caso, es aconsejable identificar la causa del corte antes de intentar volver a suministrar energía. Las causas más comunes de los cortes de suministro eléctrico son las siguientes:

  1. Apagón programado por la distribuidora: se avisa a la distribuidora con antelación para realizar labores de mantenimiento.
  1. Cortes debidos a fallos en la red eléctrica: las tormentas y la sobrecarga del sistema eléctrico pueden causar daños en la red eléctrica, que es responsabilidad de la empresa distribuidora de cada región.
  1. Interrupción por impago: el impago de las facturas de electricidad puede provocar una interrupción del suministro.
  1. Interrupciones por accidentes en las instalaciones: las interrupciones pueden ser causadas por las propias instalaciones de los clientes, en cuyo caso la responsabilidad es del propietario y no de la compañía distribuidora de electricidad.

A continuación se describe el procedimiento para restablecer el suministro eléctrico en cada caso.

¿Cómo puedo enterarme sobre los cortes programados?

Debido al mantenimiento y las mejoras de la red eléctrica, las empresas distribuidoras programan a veces cortes de electricidad. Las empresas distribuidoras suelen anunciar el calendario de cortes en sus páginas web.

Estos cortes se anuncian con antelación para que los consumidores sepan cuándo se producirán y durarán hasta que finalicen las obras.

Si se va a producir un corte programado, suele anunciarse con al menos 24 horas de antelación.

En este caso, el restablecimiento del suministro eléctrico sólo requiere esperar a que la empresa distribuidora termine su trabajo. Una vez finalizados los trabajos de la empresa distribuidora, el suministro se restablecerá automáticamente, sin que el cliente tenga que hacer nada.

Cortes de luz en Endesa

E-Distribución, la empresa distribuidora de Endesa, le ofrece dos formas de comprobar si su punto de suministro está afectado por un corte o un apagón programado:

  • Mapa interactivo

El mapa interactivo muestra todas las incidencias y cortes programados en tiempo real y se puede acceder a él pinchando en el apartado “Apagones y cortes” de la web de E-Distribución.

Las incidencias causadas por trabajos de mantenimiento o averías se señalan mediante indicadores en el mapa. Haciendo clic en los indicadores, también puede conocer el número total de clientes afectados por el corte y el tiempo que se tardará en restablecer el suministro.

Cómo restablecer el suministro lleva mucho tiempo, el tiempo estimado para finalizar el corte se refiere al tiempo total para resolver la incidencia.

  • Parte de la zona del cliente

Los clientes de E-Distribución también pueden comprobar si hay un corte previsto en su punto de suministro accediendo a la sección Suministros a Clientes del área privada de la distribuidora. Para acceder a esta área es necesario darse de alta en la oficina virtual de Endesa.

Cortes de luz en Iberdrola

También puedes conocer las vacaciones anteriores de Iberdrola en la web de I-DE, la comercializadora del grupo Iberdrola:

  • A través de la página web

En la página web: ‘Gestiones online’ y en el apartado de soporte de la web de I-DE se puede consultar el listado de festivos programados para la semana por estados.

  • A través de carteles en las propiedades

I-DE coloca carteles en los inmuebles donde se van a realizar trabajos de mantenimiento, indicando la hora de inicio y fin del corte con 24 horas de antelación.

  • A través de SMS

Puede suscribirse a un servicio gratuito desde el sitio web de clientes de I-DE para recibir notificaciones de cortes de suministro por SMS o correo electrónico.

Cortes debidos a perturbaciones en la red eléctrica

Los cortes debidos a perturbaciones en la red eléctrica también son responsabilidad de la empresa distribuidora de electricidad, pero en este caso no son una operación planificada, sino que están causados por factores externos como:

  • Malas condiciones meteorológicas, como una gran tormenta o nevada.
  • Incendios que afecten a la red de distribución de electricidad.
  • Accidentes en los cables de la red por caída de ramas o impactos de pájaros.

Para comprobar si la red está dañada, basta con comprobar si el corte de electricidad afecta a más de una propiedad o edificio. Si es así, llame al número de teléfono del distribuidor y comunique el incidente:

DistribuidoraTeléfono
E-distribución (Endesa)Andalucía, Extremadura, Murcia y Castilla La Mancha: 900 850 840
Andalucía, Extremadura, Murcia y Castilla La Mancha: 900 850 840
Aragón, Castilla y León, Galicia, La Rioja: 900 848 900
Islas Baleares: 900 849 900
Cataluña: 800 760 706
i-DE (Iberdrola)900 171 171
UFD (Naturgy)900 333 999
E-Redes (Grupo EDP)900 907 001
Viesgo distribución900 101 051

Cortes de luz por impago

No abonar a tiempo las facturas de la luz a la compañía también puede suponer el cese del suministro. En caso de impago, la comercializadora puede solicitar a la distribuidora la interrupción del suministro eléctrico hasta que se abonen todas las facturas pendientes.

Una única factura sin abonar basta para que la compañía eléctrica inicie el proceso de interrupción del suministro.

El plazo para recuperar el suministro dependerá del tiempo que haya pasado entre el aviso de impago y el abono de la factura. Si el pago se realiza de manera inmediata al primer aviso, este será el resultado:

  1. La comercializadora restablecerá el suministro eléctrico en un plazo máximo de 24 horas.
  1. El cliente volverá a disponer de electricidad, aunque en la siguiente factura deberá abonar los derechos de reconexión del suministro. Equivalen al doble de los derechos de enganche (9,04 € sin IVA), por lo que son poco más de 20 euros. Una vez emitida y recibida la factura de la luz, los clientes tienen un plazo máximo de 20 días hábiles para abonarla. Si transcurridos esos días no se ha pagado, la comercializadora enviará un primer aviso de impago.
  1. Tras el envío del primer aviso y el vencimiento del nuevo plazo para abonar la factura, la comercializadora emitirá un segundo aviso mediante burofax o carta certificada para asegurarse de que el cliente la recibe en mano.
  1. Si el segundo aviso es infructuoso, la compañía enviará una tercera notificación. Si la factura continúa sin abonarse, la comercializadora iniciará el proceso para cortar la luz al cliente.
Aunque la comercializadora emite la orden de interrumpir el suministro, el cese eléctrico por impago lo realiza la distribuidora, ya que es la encargada de realizar el corte de luz.

Es importante recordar que si pasan más de dos meses del plazo establecido en el último aviso de pago, la compañía procederá a dar de baja el suministro. Eso significa que para recuperar la luz, el usuario, además de abonar las facturas pendientes, deberá volver a dar de alta la luz:

Precio del alta de luz tras un corte por impago:Derechos de de acceso: 19.70 €/kW + IVA.Derechos de enganche: 9.04 € + IVA.

Si la luz lleva más de tres años dada de baja, también han de abonarse los derechos de extensión: 17.37 €/kW + IVA.

Corte de suministro por impago, ¿Qué ocurre cuando se recibe la notificación?

Si la factura no se paga en la fecha de vencimiento, el proveedor iniciará en primer lugar un procedimiento para notificar al contratista que la factura no ha sido pagada.

  1. Se enviará una carta al contratista en un plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de emisión de la factura impagada o de la negativa a pagar la factura. La carta podrá enviarse por cualquier canal a través del cual el contratista pueda demostrar su recepción.
  1. Si se hace caso omiso de la primera carta, el proveedor enviará una solicitud segura de pago de la factura. Éste puede enviarse por correo certificado, burofax o por medios telemáticos que requieran la firma digital del propietario. Si no se recibe respuesta, se enviará un segundo requerimiento en un plazo máximo de siete días. Cuando la empresa suministradora tiene constancia de que el usuario ha recibido el requerimiento, facilita al ayuntamiento interesado una relación de todos los materiales adeudados y las posibles fechas de desconexión.
  2. Se enviará una tercera factura irrefutable para el pago 15 días laborables antes de la fecha de vencimiento. Esta factura también incluirá una posible fecha de desconexión definitiva si no se efectúa el pago.

¿Cómo puedo pagar las facturas impagadas?

Si una factura de electricidad está impagada, la compañía eléctrica tiene derecho a cortar la electricidad en el punto de suministro donde no se haya efectuado el pago. Sin embargo, no pueden cortar la electricidad inmediatamente y son flexibles a la hora de fijar plazos para el pago de las facturas de electricidad.

Es importante pagar el importe pendiente lo antes posible para evitar cortes de electricidad en el punto de suministro.

El método de pago más habitual es la domiciliación bancaria, pero las compañías ofrecen diferentes opciones para que los consumidores paguen sus facturas pendientes:

  • Transferencia bancaria (desde el área de clientes)
  • Pago online (desde el área de clientes)
  • Transferencia bancaria (desde la zona del cliente)

Plazos de pago de las facturas de electricidad impagadas

Tanto en el mercado regulado como en el mercado libre, los clientes tienen una fecha límite para pagar sus facturas de electricidad.

Según la ley, el plazo de pago es de 20 días naturales a partir de la fecha en que el proveedor emite la factura. Si el último día de pago cae en sábado o festivo, el pago se traslada al siguiente día laborable del año natural.
Si la factura de electricidad no se paga en este plazo de 20 días, se inicia el procedimiento de desconexión de la electricidad en el punto de suministro: si el proveedor confirma que han transcurrido dos meses desde la recepción del primer o segundo requerimiento de pago, informa al distribuidor para que tome las medidas necesarias para desconectar el suministro eléctrico.

Interrupciones causadas por incidentes en instalaciones individuales

Además de las averías que se producen en la red pública, también pueden ocurrir en instalaciones individuales. En este caso, el distribuidor no es responsable y el cliente debe solucionar el problema.

Es muy fácil comprobar si la avería está en la instalación individual, porque basta con comprobar si hay electricidad en las casas de alrededor. Si es así, el cliente tiene varias opciones para subsanarlo:

  • Ponerse en contacto con la compañía eléctrica.
  • Si tiene un contrato con la compañía eléctrica, póngase en contacto directamente con su servicio de mantenimiento.
  • Contratar a un electricista.

Los cortes de electricidad también pueden deberse a una demanda excesiva de electricidad. Esto significa que un cliente conecta varios aparatos al mismo tiempo y supera la potencia contratada.

Para comprobar si un apagón se debe a un exceso de potencia, basta con comprobar si se ha disparado el interruptor de control de potencia (ICP) del cuadro eléctrico de la vivienda.

Esta situación puede darse ocasionalmente en cualquier vivienda, pero si se repite con frecuencia, es recomendable que el cliente aumente la potencia contratada.

Para resetear el contador digital y que la electricidad vuelva a funcionar, hay que seguir los siguientes pasos:

  1. Localizar el cuadro eléctrico de la vivienda.
  2. Desconecte todos los aparatos que funcionen durante un corte de suministro eléctrico.
  3. Baje todos los interruptores automáticos del cuadro eléctrico.
  4. Espere de 5 a 10 segundos.
  5. Vuelva a subir todos los interruptores automáticos.
  6. Si este método no restablece el ICP, también puede restablecerlo desde el propio contador inteligente.

Para restablecer el ICP desde el contador digital, mire la pantalla del contador y compruebe si aparece el mensaje “ICP OO PULSE”. Si es así, siga los pasos que se indican a continuación:

  1. Pulse durante 3 segundos el botón amarillo situado en la esquina superior derecha del medidor.
  2. Tras un breve clic, la pantalla mostrará la fecha y hora de reinicio.
  3. La electricidad debería estar ahora disponible.

¿Se puede cortar la electricidad sin previo aviso?

En general, las compañías eléctricas no pueden cortar el suministro sin previo aviso. Sin embargo, pueden cortar el suministro inmediatamente en caso de avería imprevista u otra excepción:

  • Si se detecta una conexión ilegal al suministro eléctrico.
  • Si se detecta una conexión ilegal al suministro eléctrico. Si se considera que la instalación eléctrica representa un peligro potencial.
  • Si se detecta que un contador o dispositivo de medición de la instalación eléctrica ha sido manipulado.

De hecho, hay algunos casos en los que una compañía no puede cortar la electricidad a un cliente. Estas excepciones dependen del día y de la situación económica del consumidor:

¿En qué casos no se puede cortar la luz?

  • Si es un día festivo o un día en que los servicios de atención al cliente no están disponibles.
  • Cuando sea necesario alimentar equipos médicos en el hogar (por ejemplo, ventiladores).
  • Si el cliente es una persona gravemente vulnerable beneficiaria del Bono Social Eléctrico.
  • Si el hogar acredita que el titular del suministro eléctrico es beneficiario del Bono Social y que en la unidad familiar hay menores de 16 años, personas dependientes y personas con discapacidad.
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Valery Sandler | Content Assistant
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